Proceso de Ingreso como Socio
De acuerdo a los Nuevos Estatutos que rigen a la Sociedad de Anestesiología de Chile (SACH), estos son los requisitos vigentes para el proceso de ingreso y que acredita a los socios como tales, en 5 diferentes tipos:
- Socio Activo
- Socio Maestro de la Anestesiología
- Socio Honorario
- Socio Becario
- Socio Cooperador
Según este Estatuto, para todos los efectos, los Socios Honorarios y Maestros de la Anestesiología se considerarán igualmente como Socios Activos, a menos de que de su contexto pueda inferirse lo contrario.
Socios Activos
- Para ser socio activo es requisito tener título de médico cirujano debidamente validado en Chile y ser médico especialista en anestesiología al haber aprobado un programa de formación de anestesiología acreditado por la autoridad jurídica pertinente y que cumpla los requisitos que para estos efectos dicte el Directorio de SACH, el que deberá ser publicado en noviembre del año anterior al que comience a regir. Este reglamento debe ser aprobado por al menos 6 de los 7 miembros del Directorio. Mientras no se dicté este reglamento, bastará el certificado de aprobación del programa de especialidad de anestesiología que está o ha estado acreditado.
Cumplido el requisito anterior, se adquiere la calidad de socio activo por:
- Suscribir el acta de constitución, o por la aceptación del Directorio, por dos tercios de sus miembros presentes, de la petición por escrito de su solicitud de ingreso, en la que además deberá indicar sus requisitos y manifestar su plena conformidad con los fines de la Institución, comprometiéndose a cumplir fielmente los Estatutos, los reglamentos y los acuerdos del Directorio y de la Asamblea General y pagar la cuota fijada por el Directorio.
- El Directorio debe pronunciarse sobre las solicitudes de ingreso, en la primera sesión después de ser presentadas. No podrán transcurrir más de 50 días desde la presentación sin que el Directorio las conozca y resuelva; transcurrido dicho plazo, se entenderá aceptada.
Maestros de la Anestesiología
- Serán reconocidos con esta distinción de “Socios Maestros de la Anestesiología” quienes tengan una destacada y vasta carrera en el ejercicio de la profesión como médico y/o docente en el ámbito de la Anestesiología.
- Dentro de los antecedentes a considerar se encuentra el trabajo gremial, científico o docente, por un periodo de a lo menos 10 años, ya sea como miembro del Directorio, miembro de Comité Editorial de revista, miembro de Comités de Subespecialidades, participación en congresos (organización, conferencias, mesas redondas o presentación de temas libres; la mera asistencia al congreso no se considerará), participación en otras actividades (gremiales, elaboración de recomendaciones, entre otras). Asimismo, se exigirá que haya realizado publicaciones.
- La solicitud de Maestro de la Anestesiología deberá ser patrocinada por al menos 3 socios, quienes deberán enviar una carta exponiendo la trayectoria y los méritos en el ejercicio profesional o académico del asociado o del mérito que lo hagan -merecedor de tal reconocimiento.
- El Directorio se pronunciará sobre este reconocimiento, considerando que este socio haya participado en forma decisiva en la formación de anestesiólogos y en el desarrollo de la especialidad. Este requisito debe ser aprobado con el voto de al menos 6 de los 7 miembros del Directorio..
- De ser aceptada, la nominación se dará a conocer al interesado mediante carta certificada, y se hará pública en sesión científica o asamblea ordinaria de la Sociedad de Anestesiología de Chile dentro del año calendario. La misma debe ser publicada en los medios oficiales de la Sociedad De Anestesiología de Chile. El resultado de la votación y la resolución debe consignarse en el acta correspondiente.
- Si es rechazada, podrá ser presentada nuevamente transcurridos al menos 12 meses desde la sesión de Directorio que rechazó la solicitud de ingreso. En cada caso, el resultado de la votación y la resolución debe consignarse en el acta correspondiente.
- El Directorio podrá revisar el otorgamiento de este reconocimiento cuantas veces lo estime pertinente. Tal designación podrá hacerse en vida o en forma póstuma. Se pierde dicha calidad por acuerdo de la Asamblea General, adoptado por motivos graves y fundados.
Socios Honorarios
- El Directorio otorgará la calidad de Socio Honorario a aquellos especialistas que, teniendo 60 años o más, hayan contribuido al desarrollo de la anestesiología en forma continuada y relevante para el medio nacional, ya sea en el campo científico, docente o societario.
- Podrán asimismo ser designados Socios Honorarios los especialistas extranjeros que se hayan distinguido por sus aportes al conocimiento de la anestesiología. El socio titular o activo podrá ser designado como honorario sin perder la calidad de tal.
- Se pierde la calidad de socio Honorario por acuerdo de la Asamblea General, adoptado por motivos graves y fundados.
Socios Becarios
- Podrán ser socios becarios quienes estén en posesión del título de médico cirujano y se encuentren realizando la especialidad de anestesiología en una de las Universidades con programa de formación, que alguna vez haya sido" acreditado por la autoridad pertinente.
- El Socio Becario, una vez que haya finalizado sus estudios y aprobado los exámenes y certificaciones correspondientes, dejará su calidad de Socio Becario y deberá optar a la de Socio Titular, para lo cual, deberá cumplir con los requisitos indicados en los Estatutos para adquirir la calidad de socio activo o titular.
- Otros requisitos de pertenencia, derechos y obligaciones podrán ser establecidos por el Directorio mediante un Reglamento.
Socio Cooperador
- Socio cooperador es aquel médico anestesiólogo residente en el extranjero aceptado por el Directorio, previa certificación de su calidad de tal.